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APERTURA DEL ATUN ROJO 16 DE JUNIO DE 2022

os dejamos toda la información publicada en el BOE
SECCION III PAGINA 71373 PUNTO SEXTO.PESCA MARITIMA DE RECREO
Sexto. Pesca Marítima de recreo
2. Pesca deportiva y recreativa
Esta modalidad sólo podrá realizarse en el periodo que está abierta la pesquería, desde el 16 de junio hasta el 14 de octubre, o hasta que se consuma la cuota asignada.
En el caso de no se pudiera haber evitado la muerte de los ejemplares capturados, los patrones de las embarcaciones o los titulares de las licencias de pesca de recreo deberán remitir, antes de la llegada a puerto, un preaviso de llegada via e-mail a bzn-dea@mapa.es , de acuerdo a las instrucciones de anexo IV.
Además del preaviso, el titular de la autorización específica deberá cumplimentar una declaración de capturas y suelta cuyo modelo figura en el anexo IV del Real Decreto 347/2011 y que remitirá en los cinco primero días de cada mes.
Aclaración sobre el punto 5: (...) se entenderá lo establecido en el apartado quinto de Actividad Pesquera en el punto 1 de Periodo de actividad como aplicable, únicamente a la pesca profesional, quedando excluida de la prohibición de pescar durante el fin de semana, así como en los festivos de ámbito nacional, a la pesca recreativa.